ARRIECHE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
33397-2024
Fecha
22 de agosto de 2024
Materia
Civil
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento quinto, que se elimina. Y se tiene en su lugar, además, presente Primero: Que, de lo expuesto por las partes, de los documentos acompañados, y de lo informado en el recurso, no resultó discutido en estos antecedentes que el actor ingresó al país el año 2022 por paso no habilitado. Segundo: Que la medida de expulsión se funda en el artículo 127 N° 1 en relación con el artículo 32 N° 3 de la Ley N° 21.325, normas de las cuales se desprende que no están autorizados para residir en Chile quienes ingresen al país por pasos no habilitados, eludiendo con ello su identificación y el control migratorio correspondiente al ejercicio de la soberanía nacional, motivo suficiente para decretar su expulsión. De allí que el acto impugnado no es más que el ejercicio de la facultad administrativa de expulsar a quien hubiese ingresado por paso no habilitado al país. Tercero: Que la alegación vinculada al arraigo familiar y laboral aludido por el actor, a juicio de esta Corte, carece de la entidad suficiente para constituir un impedimento o excepción para que la autoridad no ejerza sus potestades legales. Lo cierto es que el reclamante no probó tener los vínculos familiares en Chile, desde que la pareja que dice estar embaraza es de nacionalidad peruana y tampoco el arraigo laboral que expone, razón por la cual, a su respecto es plenamente aplicable el estatuto jurídico en estudio. Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N° 21.325, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de julio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica. Regístrese y devuélvase. Rol N° 33.397-2024.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N° 21.325, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de julio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica. Regístrese y devuélvase. Rol N° 33.397-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento quinto, que se elimina. Y se tiene en su lugar, además, presente Primero: Que, de lo expuesto por las partes, de los documentos acompañados, y de lo informado en el recurso, no resultó discutido en estos antecedentes que el actor ingresó al país el año 2022 por paso
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