FRANCISCO ORREGO VALENZUELA C/ ARNOLDO FERNANDO ANDRADE TARINO
Rol
32645-2024
Fecha
20 de agosto de 2024
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Arnoldo Andrade Tariño, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito de conducción sin la licencia debida. 2° Que por el líbelo se ha invocado como causal principal, la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al principio de legalidad, al basarse la condena en documentos no oficiales obtenidos de internet. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado la inadmisibilidad de la causal principal por falta de fundamentos. 4° Que de la lectura del recurso se advierte que lo alegado por el impugnante carece de fundamentos, desde que no explica de qué manera lo denunciado ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia, por lo que el recurso deducido será declarado inadmisible en lo que a esta causal se refiere. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la defensa, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, debiendo remitirse aquel a la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, para si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remitase. Rol N° 32645-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., la Ministra Sra. María Cristina Gajardo H., y los Abogados Integrantes Sres. Juan Carlos Ferrada B., y Carlos Antonio Urquieta S. No firman los Abogados Integrantes Sres. Ferrada y Urquieta, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.
Fallo
se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la defensa, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, debiendo remitirse aquel a la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, para si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remitase. Rol N° 32645-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., la Ministra Sra. María Cristina Gajardo H., y los Abogados Integrantes Sres. Juan Carlos Ferrada B., y Carlos Antonio Urquieta S. No firman los Abogados Integrantes Sres. Ferrada y Urquieta, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Arnoldo Andrade Tariño, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito de conducción
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