ROJAS VALENZUELA PATRICIA Y OTROS CON ECM GEOTHERMAL SPA Y OTROS
Rol
240926-2023
Fecha
20 de agosto de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Vistos: En estos autos RIT O-2341-2021, RUC 2140331846-6, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, se hizo lugar a la demanda en la parte que perseguía la declaración de trabajo en régimen de subcontratación y el cobro de diferencias por concepto de indemnizaciones por años de servicio y feriados. Las partes demandante y demandada principal dedujeron recursos de nulidad, y una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por resolución de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, los rechazó. En contra de esta última decisión la demandada principal interpuso recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando que esta Corte lo acoja y dicte la de reemplazo que describe. Se ordenó traer estos autos a relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existan distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trate, sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia en contra de la que se recurre y, por último, se debe acompañar copia autorizada de la o de las que se invocan como fundamento. Segundo: Que la materia de derecho respecto de la que se solicita unificar la jurisprudencia, consiste en determinar la improcedencia de incluir la asignación de pérdida de caja en el concepto de última remuneración, a efectos de servir de base de cálculo de las indemnizaciones a que alude el artículo 172 del Código del Trabajo. Reprocha que la decisión se apartara de la doctrina sostenida en la que acompaña para efectos de su cotejo, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol N° 3.604-2022, correspondiente a un caso paralelo, referido al despido de otro grupo de trabajadores en idénticas circunstancias, en que la judicatura del grado desestimó incluir la asignación de pérdida de caja en la base indemnizatoria y los demandantes invocaron la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, fundada en la conculcación de sus artículos 41 y 172; se razonó en términos que dicho motivo de nulidad tiene como finalidad velar porque el derecho sea correctamente aplicado a los hechos, su propósito es fijar el significado, alcance y sentido de las normas en función de las circunstancias probadas, por lo que cuando se impugna una sentencia a través de esta causal la restricción inevitable para el recurrente es la de respetar la base fáctica dada por acreditada, pues su único objeto es revisar el juzgamiento jurídico, requerimiento que no fue cumplido por el recurrente, pues no parte de los hechos fijados en el fallo, que no establece que exista diferencia en la base de cálculo derivada del despido por necesidades de la empresa, señalando que ello se debe a que “la parte demandante no explica de modo alguno en su libelo por qué razón se habrían producido dichas diferencias y, por otra parte, de la prueba de la parte demandada aparece de manifiesto que la base indicada por ésta es la adecuada”; y se agregó que las alegaciones del recurrente y la jurisprudencia que cita se fundan en la existencia de estipendios permanentes y no esporádicos, lo que tampoco fue asentado respecto a los rubros que se sostiene debieron ser considerados conforme al artículo 172 del Código del Trabajo. Tercero: Que la sentencia impugnada, en lo que interesa, rechazó el recurso de nulidad que la demandada dedujo fundado en las causales establecidas en los artícul
Fallo
Por estas consideraciones y en conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 483 y siguientes del Código del ramo, se rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada principal en contra de la sentencia de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. Rol N° 240.926-23.- Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por las Ministras señoras Gloría Ana Chevesich R., Andrea Muñoz S., Ministro Suplente señor Jorge Zepeda A., y las abogadas integrantes señoras Leonor Etcheberry C., e Irene Rojas M. Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos RIT O-2341-2021, RUC 2140331846-6, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, se hizo lugar a la demanda en la parte que perseguía la declaración de trabajo en régimen de subcontratación y el cobro de diferencias por concepto de indemnizaciones por añ
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica