C.A. de Iquique

ESCORCHA ANGULO PEGGY MERCEDES CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

32048-2024

Fecha

20 de agosto de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos tercero a quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que los actos impugnados fueron dictados por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundados, lo que descarta la existencia de ilegalidad en su emisión. 2°) Que, por lo demás, debe tenerse en consideración que la persona en cuyo favor se acciona no acreditó mantener arraigo laboral en Chile y, en cuanto al arraigo familiar, si bien se acreditó que la amparada contrajo acuerdo de unión civil, lo cierto es que aquel fue celebrado con posterioridad a la dictación del decreto de expulsión que por este acto se recurre y que, por lo demás, tanto su pareja como su hija son extranjeros, respecto de los cuales no se acreditó su situación migratoria. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de veintitrés de julio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique en el Ingreso de Corte N° 243-2024 y en su lugar

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Peggy Mercedes Escorcha Angulo. Acordada con los votos en contra del Ministro Sr. Llanos y de la Abogada Integrante Sra. Tavolari, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 32.048-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos tercero a quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que los actos impugnados fueron dictados por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundados, lo que descarta la existe

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