CAMPOS SOTO DANIEL Y OTROS CON ALTO SANTIAGO SPA
Rol
133291-2023
Fecha
19 de agosto de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Vistos: De la sentencia de la instancia se elimina su
Fundamentos
considerando duodécimo; y de la de unificación que antecede se reproducen sus motivos tercero y séptimo a decimocuarto. Y se tiene en su lugar, y, además, presente: Primero: Que, por lo razonado, la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por el SERVIU Metropolitano y Serey y otros Asociados S. A, será desestimada, y teniendo en consideración que no acreditaron el ejercicio del derecho reglado en el artículo 183-C del Código del Trabajo, en relación con sus artículos 183-B y 183-D, su responsabilidad será solidaria. Segundo: Que, en atención a lo solicitado por los demandantes en el petitorio del recurso de unificación de jurisprudencia, tal condena se impondrá a la contratista Arauco S. A. y al Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano en los términos señalados en el motivo anterior.
Fallo
fallo de reemplazo en unificación de jurisprudencia. Vistos: De la sentencia de la instancia se elimina su considerando duodécimo; y de la de unificación que antecede se reproducen sus motivos tercero y séptimo a decimocuarto. Y se tiene en su lugar, y, además, presente: Primero: Que, por lo razonado, la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por el SERVIU Metropolitano y Serey y otros Asociados S. A, será desestimada, y teniendo en consideración que no acreditaron el ejercicio del derecho reglado en el artículo 183-C del Código del Trabajo, en relación con sus artículos 183-B y 183-D, su responsabilidad será solidaria. Segundo: Que, en atención a lo solicitado por los demandantes en el petitorio del recurso de unificación de jurisprudencia, tal condena se impondrá a la contratista Arauco S. A. y al Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano en los términos señalados en el motivo anterior. Por estas consideraciones y lo dispuesto en las disposiciones citadas, se declara que: I.- Se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana y por Serey y otros Asociados S. A. II.- Se rechaza la excepción de finiquito opuesta por Arauco S. A. III.- No se hacen efectivos los apercibimientos contemplados en el artículo 453 número 5 del Código del Trabajo, solicitado por los demandantes y Arauco S. A., y en su artículo 454 número 3, requerido por esta última. IV.- Se acoge la demanda
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Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta el siguiente fallo de reemplazo en unificación de jurisprudencia. Vistos: De la sentencia de la instancia se elimina su considerando duodécimo; y de la de unificación que antecede se reproducen sus motivos tercero y séptimo a decimocuarto. Y se tiene en
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