29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER CHILE / EGAÑA GONZALEZ MARIA ISABEL

Rol

32035-2024

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de incidente general que incide en el juicio ejecutivo de cobro de pagaré y mutuo hipotecario, tramitado ante el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-40158-2009, caratulado “Banco Santander Chile con Egaña”, se ha ordenado de cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante y adjudicatario, en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, que confirmó la resolución de primer grado de veinte de julio de dos mil veintidós, que dejó sin efecto la orden de alzamiento del usufructo que se encontraba inscrito a fojas 05186 N° 03867 del Registro de Hipotecas y Gravámenes correspondiente al año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, ordenando su restablecimiento y dejó sin efecto la orden de entrega de la propiedad subastada. 2°.- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que, la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Jesús Balcazar Vásquez en representación de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Jesús Balcazar Vásquez en representación del demandante y adjudicatario, en contra de la sentencia de dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 32.035 – 2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de incidente general que incide en el juicio ejecutivo de cobro de pagaré y mutuo hipotecario, tramitado ante el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-40158-2009, caratulado “Banco Santander Chile con Egaña”, se ha ordenado de cuenta de la admisibilidad del recurso de casa

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