FERNANDEZ AGUDELO VALENTINA CONTRA PDI DE CHILE
Rol
25232-2024
Fecha
23 de julio de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, en el Ingreso Corte N° 141-2024. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos y de la Abogada Integrante Sra. Tavolari, quienes estuvieron por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, teniendo presente las siguientes consideraciones: 1°) Que del mérito de autos se desprende que la amparada fue condenada el 26 de enero de 2015, como autora del delito de tráfico de drogas, en pequeñas cantidades, sustituyéndose la pena privativa de libertad por la de remisión condicional. 2°) Que la sustitución de la pena de presidio por la de remisión condicional importa que el tribunal del grado estimó, en su oportunidad, que los antecedentes sociales y características de personalidad de la amparada, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitían concluir que una intervención individualizada, como a la que se sometió efectivamente, resultaba eficaz para su reinserción social; 3°) Que, se encuentra demostrado que la amparada tiene arraigo familiar, pues vive desde hace más de quince años en Chile, tiene dos hijas de nacionalidad chilena, y carece de otro tipo de antecedentes penales; 4°) Que, en ese estado de cosas, aparece que la decisión de expulsión es ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra la amparada en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se le impuso la condena. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo en el territorio nacional, por cuanto tiene una familia que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y social. Regístrese y devuélvase. N° 25.232-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, en el Ingreso Corte N° 141-2024. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos y de la Abogada Integrante Sra. Tavolari, quienes estu
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