RENTAS PASMAR LIMITADA/CORTE DE APELACIONES Y PRIMER JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT
Rol
25422-2024
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
Policia Local
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que revocó la de primera instancia dictada por el Juzgado de Policía Local, dando cuenta latamente del fundamento de su decisión; lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron, fue dilucidar la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, toda vez que no existe una falta o abuso grave que haga procedente el líbelo intentado. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por doña Frida Mansilla por Pasmar S.A hoy Rentas Pasmar Ltda. Al primer y cuarto otrosí: estese al mérito de lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 25422-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por el Ministro Sr. Manuel Antonio Valderrama R., la Ministra Sra. María Teresa Letelier R., el Ministro Sr. Jean Pierre Matus A., y los Abogados Integrantes Sra. Pía Tavolari G., y Raúl Patricio Fuentes M. No firman los Abogados Integrantes Sra. Tavolari y Sr. Fuentes M., no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por doña Frida Mansilla por Pasmar S.A hoy Rentas Pasmar Ltda. Al primer y cuarto otrosí: estese al mérito de lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; al tercer otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 25422-24. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por el Ministro Sr. Manuel Antonio Valderrama R., la Ministra Sra. María Teresa Letelier R., el Ministro Sr. Jean Pierre Matus A., y los Abogados Integrantes Sra. Pía Tavolari G., y Raúl Patricio Fuentes M. No firman los Abogados Integrantes Sra. Tavolari y Sr. Fuentes M., no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos ausentes.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que revocó la de primera instan
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