TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALDIVIA

MP C/ FRANCISCO IGNACIO OBANDO SALAZAR

Rol

20377-2024

Fecha

17 de julio de 2024

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Francisco Obando Salazar y Yenifer Flández Pérez, recurren de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fueron condenados como autores de los delitos de Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, tenencia ilegal de arma de fuego, tenencia ilegal de municiones, y receptación de arma de fuego. 2° Que por ambos líbelos intentados, se ha invocado como motivo de invalidación principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, - los que son desarrollados en términos similares-, se denuncia por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia, con relación al delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, cuestionando en definitiva la prueba, su valoración y la decisión de condena. 3° Que el Ministerio Público solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva por estimar que lo alegado podría corresponder al motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. 4° Que de una atenta lectura de los líbelos, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en los recursos, tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y la fundamentación de la sentencia, lo que podría ser propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuesto por la defensa de los sentenciados, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Se previene que el Ministro Sr. Matus, concurre a la decisión de remitir los antecedentes a la

Fundamentos

fundamentos de la causal principal de nulidad deducida, corresponden a materias ajenas a los motivos de invalidación de competencia de este Tribunal, sin compartir el pronunciamiento contenido en la frase final del considerando 4°. Regístrese y remítase. Rol N° 20377-24.

Fallo

fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en los recursos, tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y la fundamentación de la sentencia, lo que podría ser propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuesto por la defensa de los sentenciados, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Se previene que el Ministro Sr. Matus, concurre a la decisión de remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, teniendo para ello únicamente presente, que los fundamentos de la causal principal de nulidad deducida, corresponden a materias ajenas a los motivos de invalidación de competencia de este Tribunal, sin compartir el pronunciamiento contenido en la frase final del considerando 4°. Regístrese y remítase. Rol N° 20377-24.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: 1° Que la defensa de Francisco Obando Salazar y Yenifer Flández Pérez, recurren de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fueron condenados como autores de los delitos de Tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, tenencia ilegal de arma de fuego

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