MINISTERIO PUBLICO C/ JOHNNY SEQUEIROS VILLANUEVA
Rol
20556-2024
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Jhonny Sequeiros Villanueva, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito de presentar a sabiendas certificados falsos para obtener licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 192 letra c) de la Ley N° 18.290. 2° Que por el líbelo se ha invocado como una de las causales subsidiarias, la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia, al principio de legalidad, toda vez que refiere que el tipo penal del artículo 192 letra c) de la Ley 18.290, sanciona al que presente certificados falsos para obtener licencia de conducir, no al certificado de canje para obtener el reconocimiento de licencia de conducir extranjera, no siendo procedente hacer analogía. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado que se declare la inadmisibilidad de la causal subsidiaria en estudio, por corresponder lo alegado a la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, la que no admite reconducción. 4° Que de la lectura del recurso se advierte que lo alegado por el impugnante en lo que a la causal del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal se refiere, dice relación con la aplicación normas legales, lo que constituye más bien la causal de nulidad del literal b) del artículo 373 del Código antes dicho, la que no es procedente reconducir a una Corte de Apelaciones, razón que lleva a que el líbelo intentado sea declarado inadmisible en lo que a esta causal se refiere. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible la causal subsidiaria del artículo 373 letra a) del cuerpo legal antes citado, remítase los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, para qu
Fallo
se declara inadmisible la causal subsidiaria del artículo 373 letra a) del cuerpo legal antes citado, remítase los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que previa revisión en cuenta de la causal principal y subsidiaria del líbelo deducido, si es del caso, proceda a su vista y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 20556-24.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Jhonny Sequeiros Villanueva, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como au
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