INMOBILARIA EL BOSQUE LTDA CON SOCIEDAD DE SERVICIOS ASESORIAS E INVERSIONES EN GASTRONOMIA JOSE IGNACIO (S)
Rol
161630-2023
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Hechos
VISTO: En este procedimiento sumario especial de terminación de contrato de arrendamiento, seguido ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-1206-2021, caratulado “Inmobiliaria El Bosque Limitada con Sociedad de Servicios, Asesorías e Inversiones en Gastronomía José Ignacio Casampere González”, por sentencia de seis de octubre de dos mil veintidós, el tribunal de primer grado, acogió parcialmente la demanda principal y, en consecuencia, declaró terminado el contrato de arrendamiento por mutuo acuerdo entre las partes, verificado el día 17 de septiembre de 2020, y condenó solidariamente a las demandadas a pagar las rentas devengadas y no pagadas entre los meses de marzo y agosto de 2020, y el proporcional del mes de septiembre del mismo año, a razón de 65 Unidades de Fomento más IVA mensual, y además un interés de 0,5 Unidades de Fomento por cada día de atraso en el pago de dichas rentas, desde el 06 de marzo de 2020 y hasta la fecha de su pago efectivo; y, asimismo, rechazó la demanda reconvencional de terminación de contrato de arrendamiento y, en subsidio, de rebaja de rentas, e indemnización de perjuicios; debiendo cada parte soportar sus costas. Apelada dicha decisión por la demandada y demandante reconvencional de autos, una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de veintitrés de junio de dos mil veintitrés, la revocó respecto de aquella parte que condenó solidariamente a las demandadas a un interés de 0,5 Unidades de Fomento, por cada día de atraso en el pago de las rentas y, en su lugar, desestimó la demanda principal en dicho rubro; confirmando en todo lo demás el fallo recurrido. Contra este último pronunciamiento, la demandante dedujo recurso de casación en el fondo, y la demandada recursos de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA DE LA DEMANDADA: PRIMERO: Que la recurrente de casación formal funda su arbitrio en la causal prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por haberse dictado sentencia otorgando más de lo pedido por las partes, y extendiéndose a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Expresa que el defecto de nulidad formal se produce porque la sentencia recurrida, al hacer suyo el
Fallo
fallo recurrido. Contra este último pronunciamiento, la demandante dedujo recurso de casación en el fondo, y la demandada recursos de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA DE LA DEMANDADA: PRIMERO: Que la recurrente de casación formal funda su arbitrio en la causal prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, por haberse dictado sentencia otorgando más de lo pedido por las partes, y extendiéndose a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Expresa que el defecto de nulidad formal se produce porque la sentencia recurrida, al hacer suyo el fallo de primera instancia, desestima la demanda reconvencional de terminación de contrato de arrendamiento, fundando dicha decisión, en que la arrendataria –al no haber efectuado el pago de las rentas de arrendamiento– se encontraba imposibilitada de reclamar el incumplimiento contractual de la arrendadora y la indemnización de los perjuicios causados; haciendo así aplicable por los sentenciadores la excepción de contrato no cumplido prevista en el artículo 1552 del Código Civil, pese a que la misma nunca fue opuesta por la demandada reconvencional; de tal suerte que no debió considerarse por el tribunal al resolver la cuestión controvertida. Solicita que se invalide la sentencia recurrida y se dicte sentencia de reemplazo que revoque el fallo de primera instancia respecto de aquella part
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de julio de dos mil veinticuatro. VISTO: En este procedimiento sumario especial de terminación de contrato de arrendamiento, seguido ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-1206-2021, caratulado “Inmobiliaria El Bosque Limitada con Sociedad de Servicios, Asesorías e Inversiones en Gastronomía José Ignacio Casampere González”, por sentencia de seis de octubre de do
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