ANONIMIZADO
Rol
18682-2024
Fecha
9 de julio de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por el demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que, en lo que importa, acogió el de nulidad y, por sentencia de reemplazo, rechazó la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales y la demanda subsidiaria, que había sido acogida, habiéndose declarado el despido injustificado. Segundo: Que según se expresa en la legislación...
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por el demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que, en lo que importa,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica