ORYAN SUAZO FELIPE CONTRA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
19872-2024
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos segundo a sexto, que se suprimen. Y se tiene, además, presente: 1°) Que, el 20 de marzo de 2024, se recepcionó el Oficio N° OOR-0116677-2024, de la Brigada investigadora de Delitos Sexuales Curicó, mediante el cual, en el marco de la investigación RUC 2100662929-3, por el delito de abuso sexual Calificado. En el cual se constata que se encontraba prófugo de la justicia Agustín Felipe O'Ryan Soler, se solicitó que se publicara en el Sistema de Búsqueda Automático de Interpol notificación azul para Felipe Andrés O'Ryan Suazo, chileno, nacido el 23.AGO.1975, cédula nacional de identidad N° 12.784.686-3, padre del prófugo de la justicia y para María José Soler Marchant, chilena, nacida el 20.MAY.1975, cédula nacional de identidad N° 12.721.155-8, madre del prófugo de la justicia. 2°) Que, debemos tener presente lo dispuesto en el artículo quinto del Código Procesal Penal que dispone “Legalidad de las medidas privativas o restrictivas de libertad. No se podrá citar, arrestar, detener, someter a prisión preventiva ni aplicar cualquier otra forma de privación o restricción de libertad a ninguna persona, sino en los casos y en la forma señalados por la Constitución y las leyes”. Que en la especie, no obstante haber cesado la notificación en el sistema de Búsqueda Automático, respecto de los amparados, los funcionarios policiales carecían de sustento legal para emitir la misma, toda vez que ambos amparados no eran objeto de investigación policial, ni existía orden judicial en su contra, lo mismo torna dicha acción en ilegal
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de siete de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en el Ingreso Corte N° 258-2024 y, en su lugar, se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de María José Soler Marchant y de Felipe O'Ryan Suazo, dejándose sin efecto la orden de detención de búsqueda de los amparados de todo registro. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita, regístrese y devuélvase. Sin perjuicio, ofíciese. N° 19.872-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 50109-2024: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del Recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N° 105-2024 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficientemente la necesidad de escucha
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