ANONIMIZADO
Rol
14982-2024
Fecha
2 de julio de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que rechazó el de nulidad interpuesto respecto de la de instancia que desestimó la demanda de tutela de derechos fundamentales, acogió la subsidiaria de despido improcedente y subcontratación y condenó solidariamente al pago de las prestaciones que señala. Segundo: Que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de...
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que rechazó el de nulidad i
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