C.A. de Santiago

URQUIAGA/KRAUSE

Rol

19597-2024

Fecha

25 de junio de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA (M)

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció el abogado don Roberto Cárcamo Tapia, en representación de la parte recurrente, en autos sobre recurso de protección seguidos ante la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N°9282-2023, quien dedujo recurso de queja en contra de las Ministras señoras María Paula Merino Verdugo y Clara Carrasco Andonie, además de la Abogada Integrante señora María Soledad Krause Muñoz, quienes habrían incurrido en grave falta o abuso en la dictación de la resolución de tres de junio último, que tuvo por cumplida la sentencia definitiva dictada en estos autos. Segundo: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en la dictación de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una definitiva y que no sean susceptibles de recurso alguno. Tercero: Que, atendida la naturaleza y lo decidido por la resolución recurrida, corresponde concluir que ella no se ajusta a las características descritas en el fundamento que antecede y, por lo tanto, el arbitrio deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto el abogado don Roberto Cárcamo Tapia, con fecha ocho de junio último. Al primer y tercer otrosíes, estése al mérito de autos; al segundo otrosí, a sus antecedentes; al cuarto otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N°19.597-2024. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (a) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sra. María Cristina Gajardo H. y los Ministros Suplentes Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Sra. Eliana Quezada M. Santiago, 25 de junio de 2024.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto el abogado don Roberto Cárcamo Tapia, con fecha ocho de junio último. Al primer y tercer otrosíes, estése al mérito de autos; al segundo otrosí, a sus antecedentes; al cuarto otrosí, téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N°19.597-2024. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (a) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sra. María Cristina Gajardo H. y los Ministros Suplentes Sr. Juan Manuel Muñoz P. y Sra. Eliana Quezada M. Santiago, 25 de junio de 2024.

Texto Completo (Preview)

2 Santiago, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que compareció el abogado don Roberto Cárcamo Tapia, en representación de la parte recurrente, en autos sobre recurso de protección seguidos ante la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N°9282-2023, quien dedujo recurso de queja en contra de las Ministras señoras María Paula Merino Verdugo y Cla

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