C.A. de Temuco

SOCIEDAD DISTRIBUIDORA Y COMERCIAL LAUTARO LTDA/(TGR) TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Rol

18126-2024

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en los autos Rol N° 104-2024 de la Corte de Apelaciones de Temuco, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Ismael Gajardo Toro en contra de la resolución de la Corte mencionada, de fecha cinco de abril de dos mil veinticuatro, que rechazó el recurso de hecho deducido en contra de lo resuelto el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés por la Tesorería Regional de la Araucanía, en autos administrativos de cobro de obligaciones tributarias Rol N° 10.118-2021, que denegó –por extemporáneo- el recurso de apelación interpuesto por esa parte, en contra de aquella que rechazó el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y este quebrantamiento haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Tercero: Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, refiriéndose en todo caso, a un aspecto meramente formal, cual es la procedencia de un recurso de apelación, lo que resulta ajeno a la materia sustantiva sobre la que versa este tipo de arbitrio, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Ismael Gajardo Toro, en representación de Sociedad Distribuidora y Comercial Lautaro Limitada, en contra de la resolución de cinco de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 18.126-2024.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Ismael Gajardo Toro, en representación de Sociedad Distribuidora y Comercial Lautaro Limitada, en contra de la resolución de cinco de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 18.126-2024.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que en los autos Rol N° 104-2024 de la Corte de Apelaciones de Temuco, sobre recurso de hecho, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Rodrigo Ismael Gajardo Toro en contra de la resolución de la Corte mencionada, de fecha cinco de abril d

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