BANCO DE CHILE/GODOY
Rol
16879-2024
Fecha
17 de junio de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de tercería de posesión que incide en el juicio ejecutivo de cobro de pagaré tramitado ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-16.557-2019, caratulado “Banco de Chile con Godoy”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado Banco de Chile en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha quince de abril de dos mil veinticuatro, que confirmó la de primer grado de veintidós de septiembre de dos mil veintidós, que acogió la tercería de posesión deducida. 2°.- Que el recurrente expresa que el fallo cuestionado infringe los artículos 686, 696, 702 inciso final, 724, 728, 730, 924, 2505 y 1723 del Código Civil, al acoger la tercería, no obstante que la demandante no acreditó estar en posesión inscrita de los derechos que recaen sobre el inmueble embargado. 3°.- Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su procedencia, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. 4°.- Que versando la contienda sobre una tercería de posesión, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida, en este caso, el artículo 518 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, que regula precisamente la tercería de posesión que sirvió de sustento jurídico a la demanda y acogida por los sentenciadores. Y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, motivo por el cual será rechazado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Patricio Pacheco Cofré, en representación del demandado Banco de Chile, contra la sentencia de quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Nº 16.879-2024.-
Fallo
fallo cuestionado infringe los artículos 686, 696, 702 inciso final, 724, 728, 730, 924, 2505 y 1723 del Código Civil, al acoger la tercería, no obstante que la demandante no acreditó estar en posesión inscrita de los derechos que recaen sobre el inmueble embargado. 3°.- Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su procedencia, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. 4°.- Que versando la contienda sobre una tercería de posesión, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida, en este caso, el artículo 518 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, que regula precisamente la tercería de posesión que sirvió de sustento jurídico a la demanda y acogida por los sentenciadores. Y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado, motivo por el cual será rechazado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Patricio Pacheco Cofré, en representación del demandado Banco de Chile, contra la sentencia de quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Nº 16.879-2024.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este cuaderno de tercería de posesión que incide en el juicio ejecutivo de cobro de pagaré tramitado ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-16.557-2019, caratulado “Banco de Chile con Godoy”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo dedu
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