CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO CON YAÑEZ
Rol
16383-2024
Fecha
11 de junio de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos sobre acción de reparación medio ambiental, se ha ordenado dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandado don Juan Pablo Yáñez Marmolejo, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua que confirmó las resoluciones de primera instancia dictadas, respectivamente, con fecha doce de octubre de dos mil veintidós y veintiséis de mayo de dos mil veintitrés, en los autos Rol C-6534-2012. Segundo: Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas, en lo que interesa para el presente caso, por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo del fallo. Tercero: Que, como puede advertirse, la resolución objetada por la vía del recurso de casación en el fondo no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las sentencias descritas en el fundamento precedente, pues desde luego no es una sentencia definitiva y tampoco es interlocutoria de aquellas que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación. Cuarto: Que de esta forma, al no reunir la sentencia que se trata de anular la naturaleza de aquellas que permiten esta clase de recurso, el deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en escrito de veintinueve de abril del año en curso, por el abogado don Leonardo Flores Ruz en representación del demandado don Juan Pablo Yáñez Marmolejo, en contra de la reso
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en escrito de veintinueve de abril del año en curso, por el abogado don Leonardo Flores Ruz en representación del demandado don Juan Pablo Yáñez Marmolejo, en contra de la resolución de dieciocho de abril de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 16.383-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos sobre acción de reparación medio ambiental, se ha ordenado dar cuenta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandado don Juan Pablo Yáñez Marmolejo, en contra de la sentencia de la Corte de
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