QUIJADA/BANCO DE CHILE
Rol
1946-2024
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Chillán, bajo el Rol C-4379-2020, caratulado “Quijada con Banco de Chile”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, de fecha veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés, que confirmó la resolución de primera instancia de once de octubre de dos mil veintidós, que acogió la demanda, condenando al demandado al pago de $13.278.700.- Segundo: Que el recurrente expresa que la decisión de los sentenciadores de acoger la demanda ha infringido los artículos 16 Nº1 y 17 del DFL 707. Sostiene, en síntesis, que dentro de las circunstancias en las cuales el librado, esto es, el Banco de Chile, debe cargar con las consecuencias del pago de un cheque falsificado está que la firma del librador sea visiblemente disconforme con la dejada en poder del librado para cotejo. Pero reclama que el sentenciador uso la firma del contrato de cuenta corriente para hacer el cotejo en circunstancia que se acompañó el facsímil de firma y, en todo caso, las firmas eran semejantes, no visiblemente disconformes por lo que no se le debió atribuir responsabilidad a su parte. Finaliza pidiendo se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda, con costas. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- La causa se ha iniciado el 30 de diciembre de 2020 mediante demanda de indemnización de perjuicios en procedimiento ordinario, presentada por don Emilio Quijada Muñoz en contra del Banco de Chile. Funda su demanda en que sufrió el robo de cuatro cheques en blanco de su último talonario, uno de los cuales fue llenado y cobrado, el día 5 de ago
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo prevenido en los artículos 772 y 782 del mencionado Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por el abogado Oscar Cruz López, en representación del demandado, contra la sentencia de veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 1946-2024.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros Sr. Mauricio Silva C., Sra. María Soledad Melo L., el Ministro Suplente Sr. Miguel Vázquez P., y los Abogados Integrantes Sr. Gonzalo Ruz L. y Sr. Enrique Alcalde R. No obstante, haber concurrido a la cuenta de admisibilidad y al acuerdo, no firman los Abogados integrantes señores Ruz y Alcalde, por haber cesado sus funciones.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este juicio ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Chillán, bajo el Rol C-4379-2020, caratulado “Quijada con Banco de Chile”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la dema
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