KUNSTMANN CON SERVIU XIV DE LOS RIOS
Rol
209924-2023
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos: En estos autos Rol N°209.924-2023, caratulados “Kunstmann Ramos, Paula con Serviu Región de Los Ríos”, sobre reclamo del monto de indemnización provisional por expropiación, fijado por la Comisión Tasadora de acuerdo al procedimiento reglado por los artículos 12 y siguientes del Decreto Ley N°2186, seguidos ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia, por sentencia de veintisiete de septiembre de dos mil veintidós se acogió la reclamación, en cuanto se fija el valor de la expropiación del Lote 22-Q en $9.472.425. La Corte de Apelaciones de dicha ciudad, conociendo de los recursos de apelación de ambas partes, confirmó la decisión anterior, por resolución de nueve de agosto de dos mil veintitrés. En contra de dicha sentencia, la parte reclamante interpuso recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que el arbitrio de nulidad sustancial, denuncia la infracción del artículo 1556 del Código Civil, la cual se funda en que, la expropiación debe resarcir el daño patrimonial, pero también el lucro cesante, daño moral, intereses, reajustes y costas. En el presente caso, asegura que se ha vulnerado la señalada norma, por cuanto se dio lugar sólo a una pequeña parte de lo demandado, toda vez que, se tomó en cuenta únicamente el metro cuadrado de terreno, pero no su justo precio, sin considerar las características propias del lugar, como su frente al río o la circunstancia de encontrarse en una zona céntrica. Por otro lado, la sentencia no dispone un pago íntegro, omitiendo intereses, reajustes y costas, solicitando que los primeros no se dispongan desde la ejecutoria, sino desde la fecha del decreto expropiatorio. Segundo: Que, a continuación, refiere la transgresión del artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República, lo cual se vincula con la infracción anterior, puesto que, la indemnización, para que sea justa, debe ser completa. Tercero: Que culmina señalando que las infracciones anteriores tuvieron influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, por cuanto la correcta aplicación de los preceptos antes indicados habría llevado al acogimiento de la reclamación deducida, en todas sus partes. Cuarto: Que los antecedentes, dicen relación con la expropiación del inmueble ubicado en calle General Lagos N°891, estacionamiento A7, comuna de Valdivia, siendo avaluado, tanto el terreno del estacionamiento, - de 13,75 metros cuadrados – como el prorrateo en el resto del terreno – de 7,31 metros cuadrados – en $253.100 por metro cuadrado, todo para efectos de la obra denominada “Habilitación sector Cabezal (estribo) oriente Pte. Cochrane Valdivia”. La actora dedujo reclamación del monto, solicitando la cantidad de $690.000 por metro cuadrado, por estimar que ese es el valor real del bien expropiado, considerando que, los referenciales usados por la Comisión Tasadora no tienen las mismas características, al ser estrechos, no tener vista al río y tratarse de construcciones asociadas de baja calidad y con ausencia de áreas verdes. Explica que, el edificio al cual pertenece el estacionamiento, es un terreno patrimonial al que se le mantuvo la fachada y se remodeló el interior para convertirlo en departamentos, tratándose de una zona en alza, habitacional y comercial. Quinto: Que el
Fallo
fallo de primer grado, considera tanto la prueba pericial de la reclamante, como aquella rendida por el ente expropiante, para concluir que, los medios de prueba aportados por la actora no tienen el mérito de justificar un rango de valorización tan superior a lo tasado inicialmente por la Comisión de Peritos. Por otro lado, a través de su prueba pericial, el propio reclamado aumentó el valor del ítem de terreno en prorrateo a la cantidad de $430.000 por metro cuadrado, presentando un cuadro de análisis de muestras basado en inscripciones dominicales, y no sólo en valores referenciales de ofertas, lo cual lleva a que se eleve ese monto, sobre la base de las consideraciones vertidas en el señalado informe. Respecto del ítem estacionamiento, la sentencia toma en consideración la ubicación del inmueble, con un inminente desarrollo urbano y de interés, en un sector consolidado de la ciudad de Valdivia, por lo que se establece un promedio entre el valor fijado el perito del reclamante, de $667.500 y el determinado por la Comisión de Peritos en $253.000, el cual corresponde a $460.300 por metro cuadrado. En definitiva, se acoge parcialmente la reclamación en cuanto se fija el valor de la indemnización por la expropiación en la cantidad total de $9.472.425, la cual se ordena pagar sin intereses y con el reajuste que experimente la variación del Índice de Precios al Consumidor, desde el mes anterior a la fecha en que la presente sentencia quede ejecutoriada y el mes anterior al de
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7 Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos Rol N°209.924-2023, caratulados “Kunstmann Ramos, Paula con Serviu Región de Los Ríos”, sobre reclamo del monto de indemnización provisional por expropiación, fijado por la Comisión Tasadora de acuerdo al procedimiento reglado por los artículos 12 y siguientes del Decreto Ley N°2186, seguidos ante el Primer Juzgado Civil de
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