3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN

COOPERATIVA DE VIVIENDA Y SERVICIOS HABITACIONALES RIO SUR LIMITADA CON PEDRO ANTONIO MORENO MARIN Y OTROS

Rol

17810-2024

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento sumario tramitado ante el Tercer Juzgado Civil de Concepción, bajo el Rol N° C-8252-2018, caratulado “Cooperativa de Vivienda y Servicios Habitacionales Río Sur Limitado/ Moreno”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, que confirmó la resolución de siete de septiembre de dos mil veintidós, rectificada por otra de doce de octubre del mismo año, por medio de la cual se rechazó el incidente de abandono del procedimiento. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en por el abogado Juan José Jerez Dávila, en representación de la parte demandada en contra de la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción. Regístrese y devuélvase. N° 17.810-2024

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en por el abogado Juan José Jerez Dávila, en representación de la parte demandada en contra de la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción. Regístrese y devuélvase. N° 17.810-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento sumario tramitado ante el Tercer Juzgado Civil de Concepción, bajo el Rol N° C-8252-2018, caratulado “Cooperativa de Vivienda y Servicios Habitacionales Río Sur Limitado/ Moreno”, la parte demandada deduce recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones

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