HALABI/ILUSTRÍSIMA CORTE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
17113-2024
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de las sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso, y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. Segundo: Que el libelo incoado por el abogado Fuad Marcos Halabi Riffo, lo ha sido respecto de la resolución de nueve de mayo de dos mil veinticuatro, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol Civil N° 3969-2024, que desestimó la reposición deducida a su vez en contra de aquélla de doce de abril del presente año, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución que no hizo lugar al incidente promovido por terceros independientes respecto del alzamiento de las medidas precautorias decretadas en un juicio reivindicatoria que los citados terceros siguen en contra de la empresa deudora. En síntesis, fundan que la falta o abuso grave se verifica porque los jueces recurridos resuelven en contra del texto expreso del artículo 131 letra f) de la Ley N° 20.720, que concede apelación en contra de la resolución que falla aquella incidencia. Tercero: Que, sin perjuicio de la admisibilidad del arbitrio de marras, se evacuó informe por los jueces recurridos, quienes señalan que la resolución impugnada mantuvo la decisión de inadmisibilidad del recurso de apelación, teniendo para ello presente que la naturaleza de la cuestión debatida dice más relación con el alzamiento de las medidas cautelares resultante como efecto de la resolución de liquidación concursal, siendo entonces aplicable la regla del artículo 4° de la Ley N° 20.720, que restringe el recurso de apelación sólo a aquellos casos expresamente previstos en la citada ley, cuya no es la situación verificada en autos. Cuarto: Que de lo expuesto, y de lo informado por los jueces recurridos, se desprende que la resolució
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Fuad Marcos Halabi Riffo, respecto de la resolución de nueve de mayo de dos mil veinticuatro, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol Civil N° 3969-2024. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente. Regístrese y comuníquese vía interconexión. Rol N° 17.113-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N° 45921:Téngase presente el informe evacuado por los jueces recurridos. Proveyendo derechamente recurso de queja: A lo principal: Visto y teniendo presente: Primero: Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de las sentencias definitivas o interlocutorias que pongan térmi
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