SOTOMAYOR BAHAMONDE JONATHAN Y OTROS CON FISCO DE CHILE
Rol
182680-2023
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Hechos
Vistos y teniendo presente: En estos autos Rol N° 182.680-2023, iniciados ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco, caratulados “Sotomayor Bahamonde, Jonathan y otros con Fisco de Chile”, en juicio de hacienda de indemnización de perjuicios, por resolución de diecinueve de abril de dos mil veintitrés, dicho tribunal acogió el incidente de abandono del procedimiento presentado por el Consejo de Defensa del Estado. Apelada tal decisión por los demandantes, la Corte de Apelaciones de Temuco, por sentencia de tres de julio de dos mil veintitrés, la confirmó. En contra de esta última resolución, los actores interpusieron recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, como causal de nulidad sustancial, se acusa que el
Fallo
fallo transgrede lo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil y realiza una incorrecta interpretación de los artículos 6 de la Ley N° 21.226 y 11 de la Ley N° 21.379. Explica que, después de dictada la interlocutoria de prueba, el procedimiento de autos no podía avanzar en su tramitación, atendido a que el término probatorio se encontraba suspendido, en los términos dispuestos por el artículo 6° de la ley N° 21.226. Por lo que la incorrecta interpretación de las señaladas normas se produce porque los sentenciadores suponen que ellas crean una obligación procesal, lo que no es efectivo porque la causa estaba suspendida y la reanudación del término probatorio debía realizarse a solicitud de parte, al tratarse de normas completamente excepcionales por la situación que se vivía en el país, producto de la pandemia. Agrega que sólo reanudada la causa podía correr el plazo para alegar el abandono. También sostuvo que la incidencia fue promovida de manera extemporánea, de lo que la resolución de los tribunales de la instancia no se habrían hecho cargo. Destaca que la tramitación continuó ininterrumpidamente, salvo durante el tiempo de suspensión del término probatorio, ordenado por la legislación excepcional, y que la última resolución que se pronunció sobre una gestión útil de los demandantes fue la del 9 de diciembre de 2022, contando la contraria con un plazo de 5 días para promover el incidente de abandono, de acuerdo con el artículo 154 del Código de Pro
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Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: En estos autos Rol N° 182.680-2023, iniciados ante el Tercer Juzgado Civil de Temuco, caratulados “Sotomayor Bahamonde, Jonathan y otros con Fisco de Chile”, en juicio de hacienda de indemnización de perjuicios, por resolución de diecinueve de abril de dos mil veintitrés, dicho tribunal acogió el incidente de abandono del
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