CHINCHILLA/CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL (ACUMULADA CIVIL 970-2023)
Rol
10695-2024
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol N°10.695-2024, caratulados “Chinchilla con Corporación Municipal de Desarrollo Social”, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que confirma la del Tercer Juzgado Civil de esa misma ciudad, que rechazó la solicitud de declarar el abandono del procedimiento. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas, en lo que interesa, por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley, y aquella haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Tercero: Que, como puede advertirse, la resolución objetada por la vía del recurso de casación en el fondo no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las descritas en el fundamento segundo pues, desde luego, no es una sentencia definitiva, así como tampoco una interlocutoria de aquellas que ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, razón por la cual no resulta procedente el expresado arbitrio. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la resolución de doce de febrero del año dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Regístrese y devuélvase. Rol Nº10.695-2024.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la resolución de doce de febrero del año dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Regístrese y devuélvase. Rol Nº10.695-2024.-
Texto Completo (Preview)
2 Santiago, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol N°10.695-2024, caratulados “Chinchilla con Corporación Municipal de Desarrollo Social”, sobre juicio ordinario de indemnización de perjuicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fon
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