C.A. de Iquique

CAMPOS MERCADO LOURDES CONTRA SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES

Rol

14602-2024

Fecha

2 de mayo de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento cuarto, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundado, lo que descarta la existencia de ilegalidad en su emisión. 2°) Que, por lo demás, debe tenerse en consideración que la persona en cuyo favor se acciona no acreditó mantener arraigo familiar ni laboral significativo en el país a la época de dictación del acto administrativo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de doce de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique en el Ingreso de Corte N° 84-2024 y en su lugar se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de la ciudadana peruana Lourdes Ivania Campos Mercado. Acordada con el voto en contra de los Abogados Integrantes Sres. Ferrada y Gandulfo, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 14.602-2024.

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de la ciudadana peruana Lourdes Ivania Campos Mercado. Acordada con el voto en contra de los Abogados Integrantes Sres. Ferrada y Gandulfo, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 14.602-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de mayo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 37301-2024 y 37335-2024: a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes; al tercer otrosí, no ha lugar. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su fundamento cuarto, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado po

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica