VICENT MENDOZA TIFANY CONTRA INTENDENCIA REGIONAL ANTOFAGASTA
Rol
14603-2024
Fecha
2 de mayo de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de doce de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 142-2024. Se previene que el Ministro Sr. Matus, concurre a confirmar la sentencia recurrida, teniendo para ello presente que: 1° Que la Resolución Exenta Nº 1223, de fecha 13 de mayo de 2021, dictada por la Intendencia de la Región de Antofagasta, hoy Delegación Presidencial, ordena la expulsión del territorio nacional de la amparada, como consecuencia de su ingreso irregular al territorio nacional, denunciado el 14 de febrero de 2021, hecho no discutido y que, de conformidad con la legalidad vigente, autoriza a la autoridad recurrida para actuar en la forma reclamada. 2° Que no se ha acreditado ante la autoridad administrativa por parte de la recurrente el cumplimiento de los requisitos legales para permanecer en el país, ni tampoco alguna situación excepcional para que dicha autoridad haya adoptado una decisión diferente, no pudiendo la acción de amparo ser empleada como un mecanismo de tramitación administrativa y agregación de antecedentes que debieron ser puestos a disposición de la autoridad recurrida en su oportunidad, lo que —a juicio de este Ministro— desnaturaliza el objeto de la referida acción constitucional. 3° Que, por consiguiente, en estas especiales circunstancias, los hechos fundantes del recurso no dan cuenta de una privación, perturbación o amenaza ilegal a la libertad personal o seguridad individual de la amparada, por lo que su pretensión resulta ajena a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, sin perjuicio de que la Corte correspondiente pueda reconducir el arbitrio para ser tramitado como recurso de protección, si estima cumple sus requisitos de admisibilidad. Acordado con los votos en contra de los Abogados Integrantes Sres. Ferrada y Gandulfo, quienes fueron de la opinión de revocar la resolución apelada y, en consecuencia, acoger la
Fallo
por tanto, con arraigo laboral. 3°) Que el examen de los antecedentes reseñados, resulta desproporcionada la decisión adoptada en cuanto dispone la expulsión de la amparada del territorio nacional, desde que ella se funda en un examen meramente formal de los antecedentes, sin que para su actual ejecución se haya ponderado las circunstancias laborales de la recurrente, que permitieran examinar adecuadamente la situación y fundamentar la decisión adoptada, por lo que la resolución recurrida y la determinación de expulsión del territorio nacional adolece de la debida justificación, a la luz de la legislación vigente. Regístrese y devuélvase. Rol N° 14.603-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de doce de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 142-2024. Se previene que el Ministro Sr. Matus, concurre a confirmar la sentencia recurrida, teniendo para ello presente que: 1° Que la Resolución Exenta Nº 1223, de fecha 13 de mayo de 2021,
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