Juzgado de Familia Pudahuel

ANONIMIZADO

Rol

V-566-2018

Fecha

30 de noviembre de 2018

Materia

AUTORIZACIÓN PARA LA INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO (V)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, en examen de admisibilidad y del propio mérito de los hechos que se consignan en informe ya signado, y advirtiendo que la adolescente GABRIELA cuenta en la actualidad con 16 años de edad, SE RESUELVE: Que de conformidad a lo previsto en el art 1° de la ley 21.030 en relación con el decreto 44-2018 del Ministerio de Salud este Tribunal de Familia no es competente para otorgar la autorización a la que alude el oficio n° NUM000. Sin perjuicio de lo anterior y en cumplimiento de lo previsto en el art 119 del Código Sanitario modificado por la ley 21.030 inciso...

Fallo

SE RESUELVE: Que de conformidad a lo previsto en el art 1° de la ley 21.030 en relación con el decreto 44-2018 del Ministerio de Salud este Tribunal de Familia no es competente para otorgar la autorización a la que alude el oficio n° NUM000. Sin perjuicio de lo anterior y en cumplimiento de lo previsto en el art 119 del Código Sanitario modificado por la ley 21.030 inciso...

Texto Completo (Preview)

V-566-018 Pudahuel, treinta de noviembre de dos mil dieciocho glt A oficio de Hospital Clínico Félix Bulnes de fecha 30 de noviembre de 2018. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, en examen de admisibilidad y del propio mérito de los hechos que se consignan en informe ya signado, y advirtiendo que la adolescente GABRIELA cuenta en la actualidad con 16 años de edad, SE RESUELVE: Que de conformidad a lo

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