14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MADRID/GONZÁLEZ - (LTE) - (ACUM.I.C. N°13047-2023,SENTENCIA) - VUELVE A TABLA -

Rol

11700-2024

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FON

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual y, subsidiario por responsabilidad extracontractual, seguido ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-2326-2020 caratulado “Madrid con González”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad de fecha veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, que revocó la sentencia de primer grado, en cuanto rechaza la demanda en todas sus partes y, decide que la misma queda, parcialmente acogida, condenando a los demandados a pagar, en partes iguales, la suma de $1.000.000, sin reajustes e intereses por no haber sido solicitados. I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. 2°.- Que el recurrente esgrime como causales de nulidad formal la contemplada en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N° 6 del mismo cuerpo legal y, la del artículo 768 N° 9 en relación al artículo 795 N° 5 del mismo cuerpo legal, argumentando que el tribunal de primer grado no consideró en su resolución el anexo de contrato de honorarios por prestación de servicios profesionales suscrito por la demandante y los abogados demandados, que fue acompañado en la contestación de la demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil. Finaliza el impugnante solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda de indemnización de perjuicios, con costas. 3º.- Que respecto de ambas causales de nulidad formal invocadas, cabe señalar que del estudio de los antecedentes, se puede constatar que la sentencia de primera instancia sólo fue recurrida de apelación por la demandante, de manera que el recurso formal que se analiza no fue preparado en los términos que exige el artículo 769 de

Fallo

fallo de reemplazo que haya de dictarse en el evento de acogerse el recurso de nulidad sustancial cuya admisibilidad se revisa. Y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuestos por el abogado Cesar Antonio Romero Fuentes, en representación de la parte demandante, contra la sentencia de veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. Rol Nº 11.700-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual y, subsidiario por responsabilidad extracontractual, seguido ante el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-2326-2020 caratulado “Madrid con González”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de

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