24º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

NAVIA/BANCO SANTANDER - CHILE - (LTE)

Rol

248289-2023

Fecha

30 de abril de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios tramitado ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-27.358-2019, caratulado “Navia con Banco Santander”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha siete de noviembre de dos mil veintitrés, que confirmó la resolución de primera instancia de fecha catorce de febrero de dos mil veintidós, que acogió el incidente de abandono del procedimiento. Segundo: Que el recurrente expresa que la decisión de los sentenciadores de declarar abandonado el procedimiento ha infringido el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 3° de la Ley N°21.226 y el artículo 11 de la misma, introducido por la Ley N°21.379. Al respecto, asegura que no concurrían los requisitos para acoger el incidente. En efecto, estima que la causa estaba en estado de realizarse el comparendo de conciliación por lo que no era aplicable el artículo 6° de la Ley sino el 3° invocado, por lo que el comparendo solo podía realizarse después del 30 de noviembre de 2021 una vez terminado el estado de excepción constitucional. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace el incidente de abandono del procedimiento. Tercero: Que en la sentencia cuestionada se acogió el incidente de abandono del procedimiento, teniendo en consideración que la carga procesal impuesta a las partes no se encuentra satisfecha, toda vez que ninguna de éstas gestionó en tiempo la notificación por cédula de la resolución de fecha 13 de marzo de 2020, que citó a las partes a la audiencia de conciliación. Señala que, así las cosas, entre la última resolución recaída en gestión útil antedicha y la presentación de 24 de enero de 2022, por medio de la cual se solicitó el abandono del proc

Fallo

fallo en estudio que no obsta a lo concluido anteriormente, lo alegado por el demandante en orden a que la causa se habría visto imposibilitada de avance en razón de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N°21.226. Razona el tribunal que la norma legal precitada, impone un deber a la magistratura en el sentido de evitar la dictación de resoluciones o práctica de actuaciones que pudiesen dejar al demandado en la indefensión en el contexto de la vigencia del estado de excepción constitucional, situación que no es posible subsumir en este caso, en la que la carga del actor se satisfacía mediante la notificación del demandado de la audiencia de conciliación, lo cual, en la especie, no ha acontecido en tiempo oportuno, debido precisamente a la inactividad antes señalada. Cuarto: Que de conformidad con lo reseñado en el motivo que precede, previo examen de las actuaciones, presentaciones y resoluciones verificadas en el proceso durante el período pertinente, es posible constatar que desde el 13 de marzo de 2020, fecha en la que el tribunal citó a las partes a audiencia de conciliación ordenando su notificación por cédula, hasta la solicitud del demandado de declarar abandonado el procedimiento -24 de enero de 2022-, se mantuvo la inactividad de las partes por un plazo superior de seis meses. Quinto: Que del análisis de los argumentos de las partes y, en especial, de aquellos invocados por los jueces del fondo, se concluye que los sentenciadores han hecho un acertado análisis de

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios tramitado ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-27.358-2019, caratulado “Navia con Banco Santander”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica