SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION/CORTE APELACIONES COPIAPO
Rol
14312-2024
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDO RECURSO DE HECHO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes, rol de esta Corte Suprema Nº 14.312-2024, el reclamado Servicio Nacional de Migraciones ha deducido recurso de hecho impugnando la resolución dictada el quince de abril de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de Copiapó en sus autos rol Nº 9-2024, sobre reclamación del artículo 141 de la Ley Nº 21.325, a través de la cual se concedió la apelación interpuesta por la reclamante en contra de la sentencia definitiva de primer grado de cuatro de abril último, que rechazó la reclamación. Segundo: Que, según consta en la carpeta digital de la causa en que incide el recurso, son hechos relevantes para la resolución del presente recurso de hecho los siguientes: a) El 8 de marzo de 2024, doña Dairiana González Albornoz, venezolana, dedujo la acción antes mencionada en contra de la Resolución Exenta Nº 427 de 2021, emitida por Intendencia Regional Atacama, que dispuso su expulsión del territorio nacional; b) El 4 de abril de 2024, la Corte de Apelaciones de Copiapó dictó la sentencia de primer grado que rechazó la reclamación; c) El 11 de abril de 2024, la reclamante dedujo recurso de apelación; y, d) El 15 de abril de 2024, la Corte de Apelaciones de Copiapó concedió la apelación. Tercero: Que el “falso” recurso de hecho es la vía procesal contemplada por el legislador para que la parte agraviada por la resolución que erróneamente concede el recurso de apelación logre su enmienda por el superior jerárquico, obteniendo de este modo la corrección de la providencia erradamente librada. Cuarto: Que, el artículo 2º del Acta Nº 138 de 2023 de esta Corte Suprema, que regula el recurso de apelación en el reclamo judicial previsto en el artículo 141 de la Ley Nº 21.325, dice: “El recurso de apelación se interpondrá en el plazo fatal de cinco días corridos, contados desde la notificación por el Estado Diario de la sentencia que decide el recurso. Interpuesto el recurso, la Corte de Apelaciones deberá remiti
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1 PAGE Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes, rol de esta Corte Suprema Nº 14.312-2024, el reclamado Servicio Nacional de Migraciones ha deducido recurso de hecho impugnando la resolución dictada el quince de abril de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de Copiapó en sus autos rol Nº 9-2024, sobre reclama
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