CHOQUE CHARCAS JOHNNY CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
13967-2024
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que no habiéndose dispuesto el abandono ni la expulsión de la recurrente, la materia objeto del recurso no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la procedencia de la acción de amparo, se confirma la sentencia apelada de ocho de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique en el Ingreso Corte N° 82-2024. Acordad con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos y la Abogada Integrante Sra. Tavolari, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y acoger la acción de amparo intentada, teniendo únicamente presente que la negativa de la Administración de poner a disposición del amparado el estampado electrónico, le ocasiona una perturbación a su seguridad individual, ya que de no hacerlo en tiempo y forma, se pone en una situación migratoria irregular, lo que pone en riesgo su presencia en el país. Regístrese y devuélvase. Rol N° 13967-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 34574-2024: téngase presente. Al escrito folio 35437-2024: a sus antecedentes. Vistos y teniendo únicamente presente: Que no habiéndose dispuesto el abandono ni la expulsión de la recurrente, la materia objeto del recurso no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la pr
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