C.A. de Concepción

CUEVAS/MINISTERIO DE SALUD

Rol

14266-2024

Fecha

24 de abril de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE APELACIÓN

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Hechos

Vistos y teniendo, únicamente, presente: Primero: Que, se ha deducido recurso de apelación respecto de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Concepción, por la cual se rechazó el reclamo deducido por César Cuevas Vergara, en contra de la Resolución Exenta N° 1.895 de 28 de diciembre de 2023 del Ministerio de Salud, la cual, a su vez, desestimó la reclamación interpuesta en contra de la Resolución Exenta 5S N° 11.165/2021 dictada por el Fondo Nacional de Salud, en cuya virtud se sanciona al prestador con la cancelación de su inscripción en rol de Modalidad de Libre Elección, además de imponerle una multa de 451 UF. Segundo: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 9° del artículo 143 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, “De las resoluciones que apliquen sanciones de cancelación, suspensión o multa superior a 250 unidades de fomento el afectado podrá recurrir ante el Ministro de Salud, dentro del plazo de quince días corridos, contado desde su notificación personal o por carta certificada. Si la notificación se efectúa por carta certificada, el plazo señalado empezará a correr desde el tercer día siguiente al despacho de la carta. El Ministro de Salud resolverá sin forma de juicio, en un lapso no superior a treinta días corridos, contado desde la fecha de recepción de la reclamación. De las resoluciones que dicte el Ministro podrá reclamarse, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde la notificación, ante la Corte de Apelaciones correspondiente al domicilio del afectado. La Corte resolverá en única instancia y conocerá en cuenta; debiendo oír previamente al Ministro. La interposición del reclamo no suspenderá en caso alguno la aplicación de las sanciones”. Tercero: Que corresponde destacar que la Corte Suprema es, en general, un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segundo grado en aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto y, además, en aquellos asuntos que determinan los

Fallo

Por estas consideraciones se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el recurrente en contra de la sentencia de uno de abril de dos mil veinticuatro, mediante la cual se desestimó el reclamo presentado en contra del Ministerio de Salud. Regístrese y devuélvanse. Rol Nº 14.266-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo, únicamente, presente: Primero: Que, se ha deducido recurso de apelación respecto de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Concepción, por la cual se rechazó el reclamo deducido por César Cuevas Vergara, en contra de la Resolución Exenta N° 1.895 de 28 de diciembre de 2023 del Ministerio de Salud, la cual

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