JARA BURGOS TITO EMILIO
Rol
152938-2022
Fecha
24 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
visto lo dispuesto en el artículo 2492 del Código Civil, se resuelve: Que SE REVOCA la sentencia recurrida y en su lugar se resuelve que SE ACOGE el reclamo deducido por don Tito Emilio Jara Burgos en contra de la Conservadora de Bienes Raíces de Chiguayante y se le ordena practicar la inscripción del inmueble ubicado en calle O`Higgins número 3297-E, población Jackson, comuna de Chiguayante, provincia de Concepción, región del Biobío, a nombre de la compradora, doña Nelda Ruth Alarcón Vergara. Se previene que la ministra señora Chevesich y el abogado integrante señor Munita estuvieron por no dictar sentencia de reemplazo al tenor de lo señalado en el voto del fallo de casación. Redactó el abogado integrante señor Munita. Regístrese y devuélvase. Rol N° 152.938-22. Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora Gloría Ana Chevesich R., señores Mario Carroza E., Jean Pierre Matus A., y los abogados integrantes señor Diego Munita L., y señora Carolina Coppo D. No firman los abogados integrantes señor Munita y señora Coppo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por ambos haber cesado en sus funciones. Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 2492 del Código Civil, se resuelve: Que SE REVOCA la sentencia recurrida y en su lugar se resuelve que SE ACOGE el reclamo deducido por don Tito Emilio Jara Burgos en contra de la Conservadora de Bienes Raíces de Chiguayante y se le ordena practicar la inscripción del inmueble ubicado en calle O`Higgins número 3297-E, población Jackson, comuna de Chiguayante, provincia de Concepción, región del Biobío, a nombre de la compradora, doña Nelda Ruth Alarcón Vergara. Se previene que la ministra señora Chevesich y el abogado integrante señor Munita estuvieron por no dictar sentencia de reemplazo al tenor de lo señalado en el voto del fallo de casación. Redactó el abogado integrante señor Munita. Regístrese y devuélvase. Rol N° 152.938-22. Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señora Gloría Ana Chevesich R., señores Mario Carroza E., Jean Pierre Matus A., y los abogados integrantes señor Diego Munita L., y señora Carolina Coppo D. No firman los abogados integrantes señor Munita y señora Coppo, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por ambos haber cesado en sus funciones. Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. Atendido lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la sentencia de reemplazo en la presente causa. Se reproduce la sentencia apelada, a excepción de sus razonamientos 6º, 7º y 8º, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: 1º) Que conforme se ha señalado en la sentencia de casación que ant
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