ZURITA/ZURITA
Rol
7390-2024
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de inclusión de un inmueble en juicio de partición y reconvencional de prescripción adquisitiva, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón bajo el Rol C-448-2017, caratulado “Zurita con Zurita”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada principal y demandante reconvencional en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco de fecha quince de enero del año en curso, que –luego de rechazar el recurso de casación en la forma interpuesto por la misma parte- confirmó el fallo de primer grado de veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, que rechazó la demanda principal y reconvencional. Segundo: Que el impugnante sostiene que la sentencia recurrida infringe los artículos 724, 729, 730, 2492, 2498, 2506, 2507, 2508, 2510 y 2511 del Código Civil, al rechazar la demanda reconvencional de prescripción adquisitiva ordinaria y extraordinaria, no obstante que concurrían los requisitos de procedencia para acogerlas. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda reconvencional, con costas. Tercero: Que el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de decretar la inclusión de un bien inmueble en la masa partible de la sucesión quedada al fallecimiento de Rosa Panguilef Vera, y demanda reconvencional de prescripción adquisitiva; acciones que tienen injerencia en el juicio arbitral de partición seguido ante el juez árbitro Andrés Vega Alarcón, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos p
Fallo
fallo de primer grado de veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, que rechazó la demanda principal y reconvencional. Segundo: Que el impugnante sostiene que la sentencia recurrida infringe los artículos 724, 729, 730, 2492, 2498, 2506, 2507, 2508, 2510 y 2511 del Código Civil, al rechazar la demanda reconvencional de prescripción adquisitiva ordinaria y extraordinaria, no obstante que concurrían los requisitos de procedencia para acogerlas. Finaliza solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda reconvencional, con costas. Tercero: Que el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean “de derecho”. Cuarto: Que versando la contienda sobre la procedencia de decretar la inclusión de un bien inmueble en la masa partible de la sucesión quedada al fallecimiento de Rosa Panguilef Vera, y demanda reconvencional de prescripción adquisitiva; acciones que tienen injerencia en el juicio arbitral de partición seguido ante el juez árbitro Andrés Vega Alarcón, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción a los artícul
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Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ordinario de inclusión de un inmueble en juicio de partición y reconvencional de prescripción adquisitiva, seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón bajo el Rol C-448-2017, caratulado “Zurita con Zurita”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de cas
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