RIOJAS DE ITARAKASHI ERMA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
13872-2024
Fecha
23 de abril de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de tres de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 74-2024. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Matus, quien estuvo por revocar la sentencia recurrida, teniendo para ello presente que: 1° Que la Resolución Afecta N°66/2017, de 11 de abril de 2017, dictada por Intendencia Regional de Tarapacá, ordena la expulsión del territorio nacional del amparada, como consecuencia de su ingreso irregular al territorio nacional, denunciado por parte policial de 11 de enero de 2017, hecho no discutido y que, de conformidad con la legalidad vigente, autoriza a la autoridad recurrida para actuar en la forma reclamada. 2° Que no se ha acreditado ante la autoridad administrativa por parte del recurrente el cumplimiento de los requisitos legales para permanecer en el país, ni tampoco alguna situación excepcional para que dicha autoridad haya adoptado una decisión diferente, no pudiendo la acción de amparo ser empleada como un mecanismo de tramitación administrativa y agregación de antecedentes que debieron ser puestos a disposición de la autoridad recurrida en su oportunidad, lo que —a juicio del disidente— desnaturaliza el objeto de la referida acción constitucional. 3° Que, por consiguiente, en estas especiales circunstancias, los hechos fundantes del recurso no dan cuenta de una privación, perturbación o amenaza ilegal a la libertad personal o seguridad individual del amparado, por lo que su pretensión resulta ajena a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental, sin perjuicio de que la Corte correspondiente pueda reconducir el arbitrio para ser tramitado como recurso de protección, si estima cumple sus requisitos de admisibilidad. Regístrese y devuélvase. N° 13.872-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 35046-2024: téngase presente. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de tres de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 74-2024. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Matus, quien estuvo
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