FIGUEROA/BRAVO
Rol
13530-2024
Fecha
15 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2º.- Que el libelo incoado por el abogado Boris Martínez Labra, en autos de la Corte de Apelaciones de Chillán, Rol Nº 797-2023, lo ha sido respecto de la sentencia definitiva de fecha uno de abril del año en curso, dictada por una sala de la referida Corte que confirmó aquella de primer grado que rechazó la demanda de precario deducida. 3º.- Que de lo expuesto se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Boris Martínez Labra. Al otrosí: a sus antecedentes. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 13.530-2024
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Boris Martínez Labra. Al otrosí: a sus antecedentes. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 13.530-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de abril de dos mil veinticuatro. Proveyendo el recurso de queja: A lo principal: Visto y teniendo presente: 1º.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de rec
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