HIDALGO Y NARRIAS LIMITADA/SEPÚLVEDA
Rol
13432-2024
Fecha
15 de abril de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que éstas no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes es aquella que declaró inadmisible un recurso de nulidad laboral, que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto y quinto otrosíes: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 13.432-2024.-
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto y quinto otrosíes: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 13.432-2024.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que éstas no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraord
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica