2º JUZGADO CIVIL DE TALCAHUANO

GOBERNACION MARITIMA DE TALCAHUANO CON SOCIEDAD MARTINEZ E HIJOS LTDA. Y OTRO

Rol

11475-2024

Fecha

10 de abril de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ordenó dar cuenta conforme lo dispone el 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducidos por los denunciados contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de primer grado que acogió la denuncia, y condena a pagar en forma solidaria una multa ascendente a 30 Unidades Tributarias Mensuales, vigente a la fecha de comisión de la infracción, por captura de especies hidrobiológicas con infracción al artículo 47 bis de la Ley de Pesca y Acuicultura, en relación con el artículo 110 del mismo cuerpo normativo y, además, se sanciona al patrón de la lancha pesquera artesanal, con el pago de una multa personal de 15 Unidades Tributarias Mensuales . Segundo: Que la recurrente alega infringido el 125 N° 17°, 1° y 4° de la Ley General de Pesca y Acuicultura y los artículos 19 y 20 del Código Civil. Estima que los sentenciadores no explicitaron sus razonamientos para comprenderlos a cabalidad; basa su sentencia en la presunción de haberse cometido la infracción, sin haberse acreditado en la especie en qué lugar se realizó la extracción de los recursos sobre los cuales se basó el cálculo de la sanción; que la prueba fue apreciada en virtud de las reglas de la prueba legal o tasada y porque no fueron correctamente aplicadas las normas de interpretación de ley. Tercero: Que la sentencia impugnada tuvo por establecido que: 1.- La embarcación tiene una eslora superior a 12 metros, esto es, una eslora de 17,98 metros; 2.- Ingresó a la primera milla marina del área de reserva artesanal, dado que el informe técnico N° 69-2021, basado en georeferenciación de un dispositivo GPS que portaba la nave el día 15 de marzo de 2021, dio cuenta que aquella efectuó lances dentro de la primera milla marítima; 3.- Efectuó actividades pesqueras extractivas (por medio de lance, como lo señala la denuncia); y que capturó las especies, debido al mérito del Reporte de Desembarque que s

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas, se rechaza el de casación en el fondo, deducido contra la sentencia de veintiséis de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción. Regístrese y devuélvase. Nº 11.475-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ordenó dar cuenta conforme lo dispone el 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducidos por los denunciados contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de primer grado que acogió la denuncia, y condena a pagar en forma solida

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