BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/FUENTES (LTE)
Rol
11697-2024
Fecha
8 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ejecutivo seguido ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-13977-2020, caratulado “Banco de Crédito e Inversiones con Fuentes”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro, que confirmó el fallo de primer grado de treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. 2°.- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que, la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Mauricio Alejandro Núñez Sotelo, en representación del ejecutado, en contra de sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11.697 - 2024
Fallo
fallo de primer grado de treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. 2°.- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que, la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad sustancial intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Mauricio Alejandro Núñez Sotelo, en representación del ejecutado, en contra de sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11.697 - 2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ejecutivo seguido ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-13977-2020, caratulado “Banco de Crédito e Inversiones con Fuentes”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por
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