Tibunal de Milán

SALUSTIO ALEXANDER ORELLANA

Rol

8382-2024

Fecha

8 de abril de 2024

Materia

Reforma

Resultado

Accede extradición, entrega diferida

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que fundan el pedido se desprenden de la resolución “ordenanza para la aplicación de medida cautelar”, dictada por el Tribunal de Milán con fecha 20 de diciembre de 2022, y consisten en tres hechos individualizados bajo las letras A), B) y C). El hecho A) se describe de la siguiente manera: “Del delito contemplado en los arts. 61, n 5, 81 acápite, 110, 624-bis, párrafo l, y 625 n. 2 y 5. C.P., porque, en concurso entre ellos y con otro cómplice n.m.i., con el fin de sacar ganancia para sí mismo o para otros, luego de haber hecho ingreso en el edificio comunitario situado en Milán en vía Cesariano n. 11 y haber cortado con el utilizo de un flexible la verja de la ventana de la cocina (adyacente a la puerta blindada de entrada), así también después de haber en el apartamento (situado en el 2° piso) de propiedad de Tammaccaro Luca (procediendo a forzar y abrir la caja fuerte allí presente), se apoderaban de innumerables bienes presentes de adentro del inmueble (entre otros. un reloj marca Patek Philippe del valor de 160.000 euros, un reloj marca Hublot del valor de 16.000 euros, la suma en efectivo por un total de 14.000 euros, un brazalete marca Valentino del valor de 200 euros, un anillo de oro marca Cartier del valor de euros 1.680,00, además de otros numerosos brazaletes y/u objetos de valor), sustrayéndolos a la antedicha persona perjudicada. Con las agravantes del hecho cometido con violencia sobre las cosas (es decir forzando además con el utilizo de un flexible la verja de una ventana utilizada para entrar en el apartamento y a la caja fuerte), de tres o más personas y aprovechando de circunstancias de tiempo (horario nocturno y momentánea ausencia del propietario del apartamento) tales de obstaculizar la pública o privada defensa. Hecho cometido en Milán el 23 de julio de 2022. Con la reincidencia específica para ORELLANA Salustio Alexander (art. 99 C.P.).” El hecho B) se describe de la siguiente manera: “Del delito contemplado en los arts. 61, n. 5

Fundamentos

considerando que aquellos tuvieron lugar el 2022, se puede sostener que las acciones penales se encuentran vigentes. Agregó que estos delitos se habrían cometido en la ciudad de Milán, Italia, sobre víctimas italianas, y,

Fallo

se resuelve decretar la medida cautelar de “prisión preventiva en prisión” en contra del requerido SALUSTIO ALEXANDER ORELLANA (págs. 121-205). Por resolución de 29 de febrero de 2024, el Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia designó a quien suscribe como Ministra Instructora del proceso de extradición de autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 número 3 del Código Orgánico de Tribunales y primero del sistema de distribución de turnos de Ministros Instructores de extradiciones pasivas previsto en el Acta N° 84-2019. Por resolución de 1 de marzo de 2024, se tuvo por recibida la nota ya referida y sus documentos adjuntos, y atendido el mérito de los antecedentes proporcionados, y cumpliéndose con los requisitos previstos en el artículo XII del Tratado de Extradición entre la República de Chile y la República Italiana, suscrito en Roma el 27 de febrero de 2002 y su Protocolo Adicional, suscrito en Santiago el 4 de octubre de 2012, y en el artículo 442 del Código Procesal Penal chileno, se accedió a la solicitud de detención preventiva del requerido Salustio Alexander Orellana. En atención a lo informado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en cuanto a que el requerido se encontraba detenido preventivamente, a disposición de la Excma. Corte Suprema en los autos Rol N° 243.544-2023, se despachó la respectiva orden de ingreso al Centro de Detención Preventiva Santiago Uno de Gendarmería de Chile, para q

Texto Completo (Preview)

31 Santiago, ocho de abril de dos mil veinticuatro. Con fecha 28 de febrero de 2024, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile remitió vía correo a la Excma. Corte Suprema el oficio N° 1338 de fecha 23 de febrero de 2024, el cual condujo la nota N° 67/2024 de fecha 6 de febrero de 2024, de la Embajada de Italia, mediante la cual se solicitó la dete

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica