GARRIDO CON GIESEN
Rol
231228-2023
Fecha
3 de abril de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol Nº 231.228-2023 caratulados “Garrido con Giesen” sobre demanda de indemnización de perjuicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, que confirmó la de primera instancia, que rechazó la demanda. Segundo: Que, como primera causal de nulidad sustancial, se alega por el recurrente que, la sentencia incurre en una infracción de las leyes reguladoras de la prueba del artículo 1.698 del Código de Procedimiento Civil (sic) Sostiene que, los codemandados no acreditaron el consentimiento de la actora para la salpingooforectomía derecha más salpingectomia izquierda. Explica que, la sentencia razona que el hidrosalpinx bilateral que aquejaba a la actora no le pudo ser informado, pues no fue detectado en ninguna de las imágenes (ecografías) tomadas previo a la operación, descubriéndose la patología sólo una vez que fue intervenida, por lo que los procedimientos que se le realizaron se habrían constituido como la única alternativa de mejora de su estado de salud, por cuanto, el hidrosalpinx es una patología de carácter crónica, pudiendo producir inclusive en un alto porcentaje la aparición de cáncer de ovarios, por lo que no habría existido una acción u omisión, culposa o dolosa atribuible al galeno, como tampoco un hecho lesivo. Agrega que, disiente de manera absoluta de lo sentenciado, pues, el consentimiento informado tiene por fundamento básico que las personas deciden por sí mismas, de manera libre y espontánea, pudiendo rechazar un tratamiento y la realización de una intervención quirúrgica, y su falta sólo podría estar justificada en un caso indubitado de urgencia, el que no se configura en la especie. Afirma que, los exámenes sólo daban cuenta de una pequeña lesión quística
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos Rol Nº 231.228-2023 caratulados “Garrido con Giesen” sobre demanda de indemnización de perjuicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte dema
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