TORRES MARTINEZ MARIA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
11711-2024
Fecha
3 de abril de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que el único hecho que afecta la garantía constitucional de libertad personal de la amparada es la demora en la entrega del certificado de permanencia definitiva en trámite, y atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el Ingreso Corte N° 385-2024, solo en aquella parte que dispuso poner a disposición de la recurrente el certificado de solicitud de residencia definitiva en trámite en el plazo de cinco días. Acordada con la prevención del Ministro Sr. Matus quien estuvo por rechazar el recurso de amparo, teniendo presente que —a su juicio—, no existiendo orden de abandono o expulsión, que amenace, perturbe o prive la libertad y seguridad personal del recurrentes, las supuestas ilegalidades denunciadas exceden los márgenes de los previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, sin perjuicio de que la Corte correspondiente pueda reconducir el arbitrio para ser tramitado como recurso de protección, si estima cumple sus requisitos de admisibilidad. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11711-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: Que el único hecho que afecta la garantía constitucional de libertad personal de la amparada es la demora en la entrega del certificado de permanencia definitiva en trámite, y atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de veintidós de marzo de dos mil vein
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