TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALDIVIA

MP C/ JOSE MIGUEL DIOCARES MOYA Y OTROS

Rol

4844-2024

Fecha

2 de abril de 2024

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que las defensas de José Miguel Diocares Moya y Jonathan Huerta Valdovinos, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fue condenado como autor de los delitos de Robo con Homicidio y de un delito de la Ley de control de armas. 2° Que por el líbelo intentado se ha invocado como motivo de invalidación principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso y a la presunción de inocencia; cuestionando en definitiva, la prueba, su valoración, y la decisión de condena. 3° Que el Ministerio Público solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por estimar que lo alegado es constitutivo del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. 4° Que de una atenta lectura del líbelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en el líbelo, tener como sustento real un reclamo a la valoración de la sentencia y la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 4844-24.

Fallo

fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea en el líbelo, tener como sustento real un reclamo a la valoración de la sentencia y la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 4844-24.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de abril de dos mil veinticuatro. Vistos: 1° Que las defensas de José Miguel Diocares Moya y Jonathan Huerta Valdovinos, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fue condenado como autor de los delitos de Robo con Homicidio y de un delito de la Ley de control de armas. 2° Que por el líbelo intentado se

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