C.A. de Valparaíso

ESTREVAL MISTERLINE CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

11125-2024

Fecha

27 de marzo de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 3, inciso 1°, de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria”, agregando su inciso 3°, que “A todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país se asegurará la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud, el que se efectuará bajo criterios de admisión no discriminatoria.” Por su parte, el artículo 7 señala que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.” 2°) Que se incumple por la Administración dicha obligación de protección y respeto del derecho a un procedimiento racional y justo, así como de promoción de la obtención de las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia, al rechazar la solicitud de residencia definitiva del amparado y ordenar su abandono del país por omitir presentar los documentos requeridos, sin adoptar antes las medidas conducentes y razonables para permitir subsanar dicha omisión. 3°) Que por todo lo anterior la actuación recurrida resulta en definitiva ilegal, debiendo acogerse la acción deducida para adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de nueve de marzo del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 328-2024 y, en su lugar, se declara que se acoge la acción constitucional interpues

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta en favor de MISTERLINE ESTREVAL, por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 22154498 de 10 de enero de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones que ordena el abandono del territorio nacional, debiendo además otorgarse un plazo de 90 días para que el recurrente acompañe la documentación faltante ante ese mismo Servicio y continuar la tramitación de la solicitud de residencia. Regístrese y devuélvase. Rol N° 11125-2024

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, eliminándose lo demás. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 3, inciso 1°, de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria”, agregan

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