C.A. de San Miguel

RODRIGUEZ GIL IVAN CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

11061-2024

Fecha

26 de marzo de 2024

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, prescindiéndose de sus

Fundamentos

fundamentos quinto a séptimo. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 3, inciso 1°, de la Ley 21.325 dispone que “El Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria”, agregando su inciso 3°, que “A todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país se asegurará la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud, el que se efectuará bajo criterios de admisión no discriminatoria”. Por su parte, el artículo 7 señala que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes”. 2°) Que se incumple por la Administración dicha obligación de protección y respeto del derecho a un procedimiento racional y justo, así como de promoción de la obtención de las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia, al rechazar la solicitud de permanencia definitiva del amparado y ordenar su abandono del país por omitir presentar los documentos requeridos, sin adoptar antes las medidas conducentes y razonables para permitir subsanar dicha omisión. 3°) Que por todo lo anterior la actuación recurrida resulta en definitiva ilegal, debiendo acogerse la acción deducida para adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de siete de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 160-2024 y, en su lugar,

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional interpuesta en favor de Iván José Rodríguez Gil, por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 24075689, de 19 de febrero de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo otorgarse un plazo de 60 días para acompañar la documentación faltante. Regístrese y devuélvase. N° 11.061-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 26724-2024 y 26727-2024: téngase presente. Al escrito folio 27220-2024: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, prescindiéndose de sus fundamentos quinto a séptimo. Y teniendo, además, presente: 1°) Que el artículo 3, inciso 1

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica