ASTOIN MAYORA VICTOR CON NOVARTIS CHILE S.A.
Rol
10357-2023
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Vistos: En autos RIT O-1417-2021, RUC 2140324100-5, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados” Astoin Mayora Victor con Novartis Chile S.A.”, por sentencia de doce de enero de dos mil veintidós, se acogió la demanda, declarándose el despido injustificado y condenándose a la demandada al pago del incremento legal del 30% de la indemnización convencional por años de servicios, de conformidad con lo establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo. La demandada interpuso recurso de nulidad y, una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por decisión de veintinueve de diciembre de dos mil veintidós, lo rechazó. Respecto de este pronunciamiento, la misma parte dedujo recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando se acoja y se dicte la sentencia de reemplazo que describe. Se ordenó traer estos autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existen distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trata sostenidas en las mencionadas resoluciones y que haya sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, se debe acompañar copia autorizada del o de los fallos que se invocan como fundamento. Segundo: Que la materia de derecho que la demandada recurrente solicita unificar consiste en “Determinar la interpretación respecto de la aplicación del artículo 176 del Código del Trabajo, es decir, cuando ha existido una indemnización de carácter convencional –
Fallo
por tanto, superior a la legal– implica que, tal como señala el artículo 176 del Código del Trabajo, no procede condenar al empleador al recargo señalado en el artículo 168, por ser incompatibles ambas indemnizaciones”. Reprocha que la tesis de la sentencia impugnada es contraria a lo decidido en el fallo que acompaña para su contraste, correspondiente a la dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N°1572-2010, de 14 de abril de 2011. Pide, en definitiva, que se acoja el arbitrio impetrado y se dicte sentencia de reemplazo que acoja el de nulidad por infracción de los artículos 5, 168 y 176 del Código del Trabajo y el artículo 1546 del Código Civil. Tercero: Que la sentencia impugnada rechazó el recurso de nulidad de la demandada, invocando la causal del artículo 477 por infracción a los artículos 5, 176 y 168 del Código del Trabajo, teniendo presente que el trabajador demandante, a la época de terminación de sus servicios, se encontraba afiliado al Sindicato de Trabajadores de Novartis Chile S.A., suscribiendo el contrato colectivo de 25 de mayo de 2020, instrumento en virtud del cual percibió el pago de una indemnización convencional por años de servicios, según su cláusula 22 letra a), con una base de cálculo de una remuneración superior al tope de noventa Unidades de Fomento, establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo, pagándosele, en definitiva, la suma de $27.884.150 por indemnización convencional por años de servicios, más una voluntaria de $24
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Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: En autos RIT O-1417-2021, RUC 2140324100-5, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados” Astoin Mayora Victor con Novartis Chile S.A.”, por sentencia de doce de enero de dos mil veintidós, se acogió la demanda, declarándose el despido injustificado y condenándose a la demandada al pago del incremento legal del 3
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