C.A. de Puerto Montt

SANCHEZ PEREA JUAN CARLOS CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

9486-2024

Fecha

15 de marzo de 2024

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en el Ingreso Corte N° 63-2024. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos y del Abogado Integrante Sr. Ferrada, quienes estuvieron por revocar el fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger la acción constitucional intentada en autos, teniendo presente para ello los siguientes

Fundamentos

fundamentos: 1.- Que el Decreto que ordenó la expulsión del actor, en su parte considerativa, refiere como únicos fundamentos para proceder de tal modo, que éste registra una condena en su extracto de filiación y antecedentes –por el delito de abuso sexual reiterado de menor de 14 años-. 2.- Que, en consecuencia, los fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad, toda vez que el ilícito a que se refiere la recurrida, fue sancionado en tiempo y forma –pena que por lo demás, se encuentra cumplida-, por lo que al decretarse su expulsión, con la cita de dicha condena como fundamento, se le está sancionando doblemente por un mismo hecho, actuar que el ordenamiento jurídico no tolera, tornándose arbitraria la actuación de la Administración en tal sentido. 3.- Que, por otra parte, debe tenerse en consideración el arraigo familiar y laboral de la amparada, quien vive en el país con su conviviente y uno de sus hijos, mientras que tiene otro hijo chileno. Regístrese y devuélvase. Rol N° 9486-2024.

Fallo

fallo en alzada y, consecuencialmente, por acoger la acción constitucional intentada en autos, teniendo presente para ello los siguientes fundamentos: 1.- Que el Decreto que ordenó la expulsión del actor, en su parte considerativa, refiere como únicos fundamentos para proceder de tal modo, que éste registra una condena en su extracto de filiación y antecedentes –por el delito de abuso sexual reiterado de menor de 14 años-. 2.- Que, en consecuencia, los fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad, toda vez que el ilícito a que se refiere la recurrida, fue sancionado en tiempo y forma –pena que por lo demás, se encuentra cumplida-, por lo que al decretarse su expulsión, con la cita de dicha condena como fundamento, se le está sancionando doblemente por un mismo hecho, actuar que el ordenamiento jurídico no tolera, tornándose arbitraria la actuación de la Administración en tal sentido. 3.- Que, por otra parte, debe tenerse en consideración el arraigo familiar y laboral de la amparada, quien vive en el país con su conviviente y uno de sus hijos, mientras que tiene otro hijo chileno. Regístrese y devuélvase. Rol N° 9486-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 24251-2024: téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en el Ingreso Corte N° 63-2024. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos y del Abogado Integrante Sr. Ferrada, quienes estuvieron por revoca

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