BCI FACTORING S.A. CON FISCO DE CHILE (DIRECCION DE ARQUITECTURA-MOP)
Rol
54627-2023
Fecha
13 de marzo de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos: En estos autos Rol Corte Suprema N° 54.627-2023, juicio de hacienda de cobro de pesos caratulados “BCI Factoring S.A. con Fisco de Chile”, por sentencia de veinte de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, se rechazaron las excepciones de falta de legitimidad pasiva y de inexistencia, así como las subsidiarias de nulidad absoluta, de pago y de prescripción extintiva opuestas por la demandada y se acogió la demanda de cobro de pesos, condenándose al Fisco de Chile a pagar a la actora la suma de $128.012.818, más los intereses moratorios. Apelada que fuera dicha decisión, una sala de la Corte de Apelaciones de Concepción la confirmó. En contra de este último fallo, la parte demandada dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que denuncia la recurrente que la sentencia habría incurrido en una infracción a los artículos 341 y 342 del Código de Procedimiento Civil y a los artículos 1699, 1700 y 706 del Código Civil, en relación con los artículos 1 y 3 letra e) de la Ley N° 19.880 y artículo 75 de su Reglamento, contenido en el D.S. N° 250 del año 2004 y artículos 1460 y 1682, también del citado Código Civil. Afirma primeramente que el
Fallo
fallo habría incurrido en un error de derecho por falta de aplicación de las leyes reguladoras de la prueba relativa a los instrumentos públicos respecto de los documentos que acompañara, consistentes en: . La Resolución Exenta N° 1240 de 30 de mayo de 2017 de la Dirección de Vialidad de la Región del Biobío del Ministerio de Obras Públicas, que adjudica a la empresa Constructora Jarvial Limitada el contrato administrativo de obra pública fiscal denominado “Conservación Caminos Indígenas año 2017, Sector Centro-Norte, Comuna de Tirúa, Provincia de Arauco, Región del Biobío, Código Safi 268449”, cuyo numeral 5°, sobre pago de las obras, establece que el Inspector Fiscal del contrato cursará los Estados de Pago por las cantidades de obra efectivamente ejecutadas; i. La Resolución Exenta N° 902 de 11 de abril de 2018, de la Dirección Regional de Vialidad del Biobío del Ministerio de Obras Públicas, que pone término anticipado, por incumplimiento, al señalado contrato administrativo, por haber la empresa hecho abandono físico de las faenas, el 1 de marzo del año 2018, paralizando la obra; ii. El Certificado de fecha 30 de enero del 2023, emitido por el Inspector Fiscal de la misma Obra Pública, en virtud del cual se deja establecido que el Estado de Pago N° 2 de aquella fue emitido el 14 de junio de 2018, por un monto de $63.430.725, al que se le descontaron por concepto de multas $4.943.952 y $20.000.000 por falta de acreditación de pago de remuneraciones y leyes sociales de l
Texto Completo (Preview)
1 Santiago, trece de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos Rol Corte Suprema N° 54.627-2023, juicio de hacienda de cobro de pesos caratulados “BCI Factoring S.A. con Fisco de Chile”, por sentencia de veinte de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Concepción, se rechazaron las excepciones de falta de legitimidad pasiva y de inexistencia, así como las
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