1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

BREVIS/FISCO DE CHILE - CDE

Rol

5036-2024

Fecha

5 de marzo de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos ingreso Corte Rol Nº 5.036-2024, caratulados “BREVIS/FISCO DE CHILE - CDE”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandante en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco, de fecha ocho de enero de dos mil veinticuatro, que confirmó la resolución impugnada. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas, en lo que interesa, por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley, y aquella haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. Corresponde, entonces, recordar que el artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, ha definido la sentencia definitiva como aquella resolución judicial que pone término al procedimiento, en la instancia respectiva, resolviendo la cuestión materia del juicio, esto es, el asunto controvertido. Además, que la misma disposición señala que sentencia interlocutoria es aquella que resuelve un incidente, estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, o resuelve un trámite que ha de servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva o interlocutoria; y que, una decisión de esta naturaleza es susceptible de recurrirse de casación cuando, al tenor del precitado artículo 767, no permita la continuación del procedimiento. Tercero: Que, como puede advertirse, la resolución objetada por la vía del recurso de casación en el fondo no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las descritas en el fundamento segundo pues, desde luego, no es una sentencia definitiva, así como tampoco una interlocutoria de aquellas que ponen término al juicio o hacen imposib

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en lo principal de la presentación del diecinueve de enero del año dos mil veinticuatro, en contra de la resolución del ocho del mismo mes y año, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco. Regístrese y devuélvase. Rol N° 5.036-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de marzo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos ingreso Corte Rol Nº 5.036-2024, caratulados “BREVIS/FISCO DE CHILE - CDE”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandante en contra de la resolución de la Corte

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