C.A. de Iquique

MARCANO BOLAÑO KLEYBEL Y OTROS CONTRA DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL TARAPACÁ

Rol

6840-2024

Fecha

4 de marzo de 2024

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se confirma la sentencia apelada de doce de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 35-2024. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Valderrama y Matus, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada y rechazar la acción de amparo deducida, en virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos: 1° Que las Resoluciones Exentas Nº 3.071/2020 y 3.074/2020, ambas de fecha 19 de octubre de 2021, dictadas por la Intendencia Regional de Tarapacá, ordenan la expulsión del territorio nacional de los amparados, como consecuencia de su ingreso irregular al territorio nacional, el 12 de agosto del año 2020, sin que éste haya acreditado en esta sede o ante la autoridad administrativa, arraigo familiar, laboral o social de entidad suficiente para tornar en desproporcionada la medida administrativa impuesta, ante la grave inobservancia a la regulación migratoria. 2° Que, de la situación fáctica descrita, se desprende que la autoridad recurrida no incurrió en ilegalidad, arbitrariedad o vulneración de garantías constitucionales, por cuanto el acto administrativo impugnado emana de autoridad competente, se dictó debido al incumplimiento de los supuestos fácticos de procedencia y conforme a la normativa vigente, teniendo presente además que el recurrente cuenta con los recursos administrativos para revertir la decisión de la autoridad migratoria y no se ha acreditado el arraigo social, familiar y laboral que deje en evidencia la falta de proporcionalidad de la medida decretada. 3° Que, por consiguiente, en estas especiales circunstancias, los hechos fundantes del recurso no dan cuenta de una privación o vulneración a la libertad personal o seguridad individual de los amparados, por lo que la pretensión de la parte amparada resulta ajena a los supuestos y fines de la acción otorgada por el artículo 21 de la Carta Fundamental. Regístrese y devuélvase. Rol N° 6.840-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de marzo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 20749-2024: téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de doce de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 35-2024. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Valderrama y Matus, quienes estuvieron por revocar la sentencia apelada y rechaz

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